La Asamblea aprobó la medida que entrará en vigencia luego de tres años.
La Asamblea de Ecuador aprobó el jueves la prohibición de fabricación, importación, distribución y comercialización de artículos de plástico de un solo uso, como bolsas, sorbetes, contenedores, entre otros, aunque da un plazo de tres años para la plena vigencia de esta decisión.
La norma establece que la ley será progresiva con plazos al final de cada año, por ejemplo, en los primeros 12 meses quedarán prohibidas la comercialización y uso de bolsas o envases para bebidas y alimentos de consumo humano, también de envoltorios de un solo uso para la entrega de publicidad, diarios, revistas y otros formatos de prensa escrita y toda información dirigida a consumidores, usuarios o ciudadanos.
También dispone que los artículos plásticos de uso múltiple deberán contener al menos un 60% de materia prima reciclada y además sanciones entre 400 y 80.000 dólares para quienes incumplan esta ley.
Uno de los asambleístas que aprobó y apoyó esta ley, César Ron, del partido Social Cristiano, dijo que “se tiene que trabajar con los municipios a lo largo y ancho del país para que la basura plástica sea recogida y sirva de base, de materia prima para venderla a la industria”.
Con esta iniciativa legal, Ecuador se suma a países como Chile, que desde 2017 adoptó una ley similar, Perú, en 2018, y Costa Rica y Uruguay el año pasado.